El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto que derogó la prima especial de $16 millones para los congresistas. Allí se estableció que quienes se vincularan al servicio a partir del 20 de julio del 2026 ya no recibirían esa prestación.
Dicha prima especial había sido aprobada en el decreto 2170 de 2013, que en ese entonces era “equivalente a la suma de siete millones ochocientos noventa y ocho mil cuatrocientos cuarenta y cinco pesos ($7.898.445) moneda corriente, la cual se reajusta anualmente en el mismo porcentaje en que se reajusta la asignación básica y la cual constituye factor salarial para la liquidación de la prima de servicios y la prima de Navidad”, señaló en su momento el Gobierno de Gustavo Petro.
El ministro de Hacienda, Germán Ávila, explicó en ese entonces que la prima especial inicialmente tenía la intención de atender los costos de los congresistas que estaban fuera de Bogotá. “Al poco tiempo ese mismo beneficio se transformó en un beneficio generalizado para todos los congresistas” y que se pagaba de forma mensual, expresó, precisando que para el Ejecutivo “la remuneración percibida por los congresistas resulta desproporcionada en relación con el ingreso promedio de la población y con la realidad económica del país”. (Lea también: Secretarías del Congreso responden a solicitud de De la Espriella sobre cambiar lugar de posesión)
Las razones del Consejo de Estado para no eliminar la prima especial por ahora
De acuerdo con el alto tribunal, se formuló una solicitud de suspensión provisional ante la probable afectación de derechos adquiridos por servidores de la justicia, la Procuraduría, la Fiscalía y la Defensoría del Pueblo, entre otros que comparten este mismo régimen salarial y prestacional, instituido por la Ley 4 de 1992.
La sala estableció que la norma demandada impone una dualidad en el tratamiento jurídico que reciben dos tipos de funcionarios, pese a ocupar los mismos cargos y ejercer las mismas funciones: uno para quienes se vincularon al servicio antes del 20 de julio del 2026, que pueden seguir gozando del pago de la prima, y otro para los vinculados a partir de esa fecha, que ya no recibirán esa misma prestación económica. Esta diferencia desconoce las garantías que la Ley 270 de 1996 reconoce a todos los servidores de la Rama Judicial. Es decir, que se podría impactar la situación salarial de otros empleados, explica el Consejo de Estado.
Los demandantes, además, sostienen que tampoco hubo un sustento de por qué se tomó esta determinación y así las cosas, los congresistas que se posesionen el 20 de julio de 2026 podrán seguir recibiendo la prima especial de 16 millones de pesos.
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