En un caso que ha conmocionado a la comunidad de Malambo, Atlántico, la Fiscalía General de la Nación judicializó a un hombre de 40 años, señalado de haber abusado sexualmente de tres niñas, sobrinas de su compañera sentimental. Los hechos, según la investigación, habrían ocurrido entre 2019 y 2022, cuando las menores tenían 7, 9 y 12 años.
El relato de los investigadores revela un patrón de agresiones que se habría repetido durante años. El hombre, aprovechando momentos a solas con las niñas, presuntamente les mostraba sus partes íntimas, realizaba tocamientos inapropiados y, en el caso de la mayor, habría cometido acceso carnal violento.
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Las conductas denunciadas fueron calificadas como agravadas por la Fiscalía, que imputó los delitos de acceso carnal violento y actos sexuales violentos.
La captura del señalado agresor se llevó a cabo el pasado 9 de septiembre en el barrio Villa Rica 2 de Malambo, por parte de uniformados de la Policía Nacional, en cumplimiento de una orden judicial.
Durante las audiencias preliminares, el hombre no aceptó los cargos imputados. Sin embargo, el juez del caso ordenó medida de aseguramiento en centro carcelario mientras avanza el proceso judicial.
¿Cómo denunciar maltrato infantil?
En Colombia, cualquier persona puede denunciar casos de maltrato infantil o violencia sexual contra menores, incluso de forma anónima. Las principales vías son:
- Línea 141 del ICBF, gratuita y disponible en todo el país.
- Página web www.teprotejo.org, para denuncias virtuales.
- Fiscalía General de la Nación, Policía de Infancia y Adolescencia, Comisarías de Familia, EPS y centros educativos o médicos, que están obligados a reportar estos casos.
No se requiere abogado ni hay costos asociados. Es fundamental proporcionar la ubicación del menor y una descripción clara de la situación para activar la ruta de atención.
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Las sanciones por estos delitos están contempladas en el Código Penal colombiano:
- Acceso carnal abusivo con menor de 14 años: prisión de 12 a 20 años.
- Actos sexuales con menor de 14 años sin penetración: 9 a 13 años de prisión.
- Acto sexual violento: 8 a 16 años.
- Acoso sexual: 1 a 3 años, aumentando si hay relación de poder o si la víctima es menor.
- Violencia intrafamiliar contra menores: 4 a 8 años, con agravantes si hay daño físico o psicológico.
Estas penas pueden aumentar si hay circunstancias agravantes como reincidencia, uso de violencia extrema, embarazo de la víctima o si el agresor tiene autoridad sobre el menor.
La denuncia oportuna no solo permite proteger al niño o niña, sino también iniciar el proceso judicial para sancionar al responsable. La sociedad tiene el deber de actuar ante cualquier sospecha de abuso.