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La Fiscalía General Penal Militar y Policial informó en días pasados sobre la condena a dos suboficiales que hacían parte del dispositivo de seguridad de un expresidente de Colombia. Esta Fiscalía es la encargada de investigar las conductas punibles cometidas por los miembros de la Fuerza Pública de Colombia en servicio activo o que cometieron delitos relacionados.
"En una reciente decisión, la Justicia Penal Militar y Policial condenó a dos suboficiales por los delitos de desobediencia y abandono del puesto. La sentencia se dio luego de que los implicados aceptaran su responsabilidad ante el material probatorio presentado por la Fiscalía", se lee en un comunicado de la entidad.
Los uniformados que eran parte del dispositivo del seguridad del expresidente de Colombia Juan Manuel Santos fueron condenados por varios delitos. "La sentencia se dio luego de que los implicados aceptaran su responsabilidad ante el material probatorio presentado por la Fiscalía. Los hechos, ocurridos en marzo de 2024 en Bogotá, se relacionan con la alteración no autorizada de los turnos de servicio".
Según explicó la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, "la investigación de la Fiscalía demostró que uno de los suboficiales, además de modificar el turno sin permiso, se presentó a su servicio bajo los efectos del alcohol". Por esta conducta, fue condenado a 13 meses de prisión por desobediencia y abandono del puesto. El otro suboficial, por cambiar su turno de forma arbitraria, recibió una pena de 12 meses de prisión por el delito de desobediencia.
De acuerdo con la Ley 1407 de 2010, que expide el Código Penal Militar, uno de los delitos por los que fueron condenados los dos suboficiales es el de abandono de puesto, que está descrito como el momento en el que "el Oficial o Suboficial de la Fuerza Pública, o el personal de agentes o del nivel ejecutivo de la Policía Nacional que abandone los deberes propios del cargo por más de cinco (5) días consecutivos, o no se presente al respectivo superior dentro del mismo término contado a partir de la fecha señalada por los reglamentos u órdenes superiores".
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Otro de los delitos por los que fueron condenados es el de desobediencia, definido como "el que incumpla o modifique una orden legítima del servicio impartida por su respectivo superior de acuerdo con las formalidades legales, incurrirá en prisión de dos (2) a tres (3) años". Por razones del juzgado, las sentencias en el caso de los delitos de estos dos suboficiales fueron menores.
También existe el abandono del puesto, pero con otras características. "El que estando de fracción o de servicio abandone el puesto por cualquier tiempo, se duerma, se embriague o se ponga bajo los efectos de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, incurrirá, en prisión de uno (1) a tres (3) años", se lee en uno de los artículos del código, como fue el caso de uno de los suboficiales, a quien se le comprobó un estado de embriaguez.
El pasado mes de mayo, el juzgado 1306 de Conocimiento de la Justicia Penal Militar y Policial dio a conocer que condenó a un patrullero de la Policía Nacional por abandonar su puesto. El uniformado pretendía viajar a México desatendiendo sus funciones. El hecho ocurrió a principios de ese mes y el lunes 26 de mayo se confirmó la condena por varios cargos relacionados a la acción del patrullero.
"Según la investigación de la Fiscalía, el uniformado identificado como Danilo José Argüello adscrito al Distrito de Policía de Villeta (Cundinamarca), salió a las dos de la tarde del 1 de mayo de 2025 para almorzar, teniendo que volver a su puesto a las cuatro de la tarde. Sin embargo, pese a encontrarse en alistamiento de primer grado por las marchas del día del trabajo el patrullero no se presentó al servicio", explicó Justicia Penal Militar y Policial en un comunicado.
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MATEO MEDINA ESCOBAR
NOTICIAS CARACOL