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Cartagena de Indias continúa aplicando rigurosamente su programa de restricción vehicular conocido popularmente como pico y placa. Esta medida es esencial para la gestión de la movilidad urbana y es administrada por la Alcaldía Mayor a través del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT). Su propósito principal es mitigar la alta congestión en las principales vías de la ciudad.
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Para la primera semana de diciembre, que abarca del lunes 1 al viernes 5, el esquema de pico y placa operará de manera completa. La rotación se aplica de lunes a viernes, exceptuando únicamente los días festivos. Dado que la semana no incluye ninguna fecha feriada, los conductores deben acatar la restricción durante los cinco días hábiles. La normativa que rige este ciclo es el Decreto 1690 de 2025, el cual entró en vigor el 6 de octubre de 2025 y está programado para mantenerse hasta el 2 de enero de 2026.
El pico y placa en Cartagena aplica tanto a vehículos particulares como a motocicletas, y la rotación se define según el último dígito de la placa de circulación.
Para los vehículos particulares, la medida se distribuye en dos franjas horarias diarias, buscando impactar los picos de desplazamiento. La franja de la mañana opera de 7:00 a.m. a 9:00 a.m., mientras que la franja de la tarde es de 6:00 p.m a 8:00 p.m. La rotación específica para la semana del 1 al 5 de diciembre de 2025, siguiendo el calendario del decreto, es la siguiente:
La regulación de pico y placa para motocicletas y vehículos afines, incluyendo tricimotos, cuatrimotos, motocarros y bicicletas con motor de combustión interna, es más extensa. Aunque la rotación diaria es idéntica a la de los particulares, el horario de restricción es continuo, aplicando desde las 5:00 a.m hasta las 11:00 p.m.
Además del esquema de rotación diaria, las motocicletas enfrentan normativas adicionales vigentes hasta el 2 de enero de 2026. Se mantiene una prohibición total de ingreso y circulación dentro de los barrios que componen el Centro Amurallado (Centro, San Diego, La Matuna y Getsemaní). Sin embargo, se permite el tránsito por vías perimetrales específicas, tales como la Avenida Luis Carlos López y la Avenida Concolón, desde donde los conductores deben tomar la Calle 30 para seguir su recorrido.
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Existe también una restricción nocturna general, la cual prohíbe la circulación de motocicletas de 11:00 p.m a 5:00 a.m del día siguiente. Las normas de movilidad del distrito prohíben, además, el transporte de mujeres en estado de gestación y menores de 12 años como pasajeros en cualquier punto de la ciudad.
Las autoridades de tránsito urbano han enfatizado las serias sanciones por incumplir las disposiciones del pico y placa. La multa impuesta a quien circule durante el horario restringido es de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMDLV). Esta penalidad económica afecta tanto al conductor como al propietario del automotor. De forma complementaria, la infracción podría resultar en la inmovilización del vehículo.
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A medida que Cartagena se acerca a la temporada de fin de año, el cumplimiento de la rotación semanal, que se extiende hasta el 2 de enero de 2026, es fundamental para el ordenamiento del tránsito local. La primera semana de diciembre exige atención al calendario de restricción de lunes a viernes para asegurar la movilidad y evitar las sanciones.
ANDRÉS FELIPE ADAMES RESTREPO
Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Noticias Caracol.