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Bucaramanga mantiene vigente el tercer ciclo de rotación del Pico y Placa para vehículos particulares, una medida implementada desde el 1 de octubre y que se extenderá hasta el cierre de diciembre de 2025. Esta disposición, contenida en la Resolución 017 de 2025, busca ordenar la movilidad en los corredores viales principales, obligando a los conductores a verificar el calendario de restricción para evitar sanciones.
Para la semana comprendida entre el lunes 13 y el sábado 18 de octubre, la medida se aplicará en jornada continua, exceptuando el día lunes, ya que es festivo. Recuerde que esta reglamentación está vigente desde las 6:00 de la mañana hasta las 8:00 de la noche.
El cronograma establecido por la Dirección de Tránsito de Bucaramanga (DTB) para esta semana es el siguiente:
Es importante destacar que el esquema de limitación de circulación implementado en Bucaramanga no solo se aplica de lunes a viernes. La DTB también contempla una restricción rotativa para los días sábado, con un horario diferente: de 9:00 de la mañana a 1:00 de la tarde. Para el sábado inmediatamente posterior a esta semana, es decir, el 18 de octubre, la restricción vehicular aplicará a los dígitos 3 y 4. Este mismo orden se repetirá de forma consecutiva durante los siguientes fines de semana del trimestre.
La regulación de la movilidad en Bucaramanga, que ajustó su rotación para el último trimestre del año, obedece a la intención de distribuir equitativamente la limitación a lo largo del calendario, evitando que siempre sean los mismos conductores quienes asuman el impacto de la restricción.
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Adicionalmente, esta normativa trasciende los límites del municipio central. El Pico y Placa es válido no solo en Bucaramanga, sino también en los municipios circundantes de Floridablanca, Girón y Piedecuesta, cubriendo así toda el área metropolitana. El modelo utilizado combina dos esquemas: una restricción fija de lunes a viernes y una programación rotativa para los sábados.
Un punto relevante de este ciclo de regulación es la inclusión de una clasificación especial para los automotores matriculados en otros departamentos. Esta modificación, en vigor desde julio de 2025, busca mitigar la congestión generada por el creciente ingreso de vehículos de otras regiones, asignándoles una restricción basada en la paridad de su último dígito, alternando días para pares e impares, en lugar de seguir la rotación fija semanal.
Las autoridades de tránsito han sido enfáticas en el llamado a la responsabilidad ciudadana. El director de Tránsito de Bucaramanga, Jhair Manrique, instó a los conductores a verificar con antelación el día de restricción asignado a su vehículo y acatar la medida.
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El incumplimiento de la restricción vehicular conlleva severas implicaciones económicas. Circular durante el horario restringido puede resultar en una multa equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV) para el año 2025. Esta sanción asciende a $711.750. Además del costo económico, el vehículo puede ser inmovilizado por la autoridad de tránsito si es sorprendido infringiendo la norma.
Es pertinente recordar que existen varias categorías de vehículos que están exentas de cumplir con la restricción, siempre y cuando cuenten con los permisos o documentos necesarios. Entre las exenciones notables se encuentran las motocicletas, las cuales en ningún caso están incluidas en la medida. También están exentos los taxis en servicio (solo cuando están en turno), los vehículos oficiales, de emergencia (como ambulancias y bomberos), los vehículos diplomáticos y los automotores con matrícula extranjera. Cualquier otra excepción debe contar con una autorización expresa emitida por las autoridades competentes.
La programación trimestral busca facilitar la planificación de los desplazamientos y el uso del transporte público en la ciudad. Los conductores deben planificar su rutina teniendo en cuenta que la restricción es continua de 6:00 a.m. a 8:00 p.m. de lunes a viernes.
ANDRÉS FELIPE ADAMES RESTREPO
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