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Bucaramanga y su área metropolitana mantienen vigente el tercer ciclo de rotación del pico y placa para vehículos particulares, una medida que busca ordenar los corredores viales principales. Esta reglamentación, establecida mediante la Resolución 017 de 2025, inició su aplicación el 1 de octubre y se extenderá hasta el cierre de diciembre de 2025. La ciudadanía debe ajustar sus desplazamientos y rutinas ante esta disposición obligatoria.
La Dirección de Tránsito de Bucaramanga (DTB) ha detallado el esquema de restricción que operará para la semana que va del lunes 20 al sábado 25 de octubre, cubriendo tanto la jornada habitual de lunes a viernes como la jornada reducida del fin de semana.
De acuerdo con el cronograma fijo semanal, la restricción de lunes a viernes se aplicará de la siguiente manera, basándose en el último dígito de la placa del vehículo particular:
Es fundamental que los conductores planifiquen sus recorridos, ya que la restricción durante estos días opera de manera continua desde las 6:00 de la mañana hasta las 8:00 de la noche.
El esquema de limitación vehicular en Bucaramanga no se limita a los días laborales. La DTB también aplica una restricción rotativa para los días sábado, con un horario ajustado.
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Para el sábado 25 de octubre, la restricción vehicular aplicará a los dígitos 5 y 6. Esta jornada especial se rige por un horario distinto al semanal: la medida estará vigente desde las 9:00 de la mañana hasta la 1:00 de la tarde. Este orden rotativo de fin de semana continuará consecutivamente durante los sábados subsiguientes del trimestre.
La normativa de pico y placa en Bucaramanga tiene un alcance que trasciende el municipio central. La restricción es válida no solo en Bucaramanga, también en los municipios circundantes de Floridablanca, Girón y Piedecuesta, cubriendo la totalidad del área metropolitana.
El objetivo detrás de la aplicación de este modelo, que combina una restricción fija de lunes a viernes con una rotación los sábados, es distribuir de forma equitativa el impacto de la limitación a lo largo del calendario, garantizando que no sean siempre los mismos conductores quienes asuman la restricción.
Adicionalmente, el ciclo de regulación actual incluye una clasificación especial que aplica a los automotores matriculados en otros departamentos. Esta modificación, en vigor desde julio de 2025, busca mitigar la congestión generada por el creciente ingreso de vehículos de otras regiones, asignándoles una restricción basada en la paridad del último dígito de su placa, alternando días para pares e impares, en lugar de seguir la rotación fija semanal de los vehículos locales.
El director de Tránsito de Bucaramanga, Jhair Manrique, ha instado a la ciudadanía a la responsabilidad, solicitando a los conductores verificar el día de restricción asignado a su vehículo y acatar la medida.
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El incumplimiento de la restricción vehicular conlleva severas implicaciones económicas. Circular durante el horario restringido puede acarrear una multa equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV) para el año 2025. Esta sanción económica asciende a $711.750. Además del costo, la autoridad de tránsito está facultada para inmovilizar el vehículo sorprendido infringiendo la norma.
Es importante destacar que diversas categorías de vehículos están exentas de cumplir con la restricción, siempre y cuando posean los permisos o documentos requeridos. Entre las exenciones notables se encuentran las motocicletas, las cuales en ningún caso están incluidas en la medida. También se exceptúan los taxis en servicio (mientras estén en su turno), vehículos oficiales, automotores de emergencia (como bomberos y ambulancias) y vehículos diplomáticos.
El cronograma trimestral busca facilitar la planificación de la movilidad y del uso del transporte público en la ciudad. Los conductores deben ser conscientes de que la restricción de 6:00 a.m. a 8:00 p.m. de lunes a viernes es de jornada continua.
ANDRÉS FELIPE ADAMES RESTREPO
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