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Con la llegada de la segunda semana de diciembre, Ibagué, capital del Tolima, mantiene la aplicación rigurosa de su esquema de restricción vehicular, conocido como Pico y Placa. Esta política de ordenamiento del tráfico está diseñada para gestionar el flujo vehicular y mitigar la congestión vial dentro del municipio. La medida se ha aplicado de forma constante desde el 1 de julio y su vigencia está proyectada para extenderse hasta el 31 de diciembre del año 2025.
El cumplimiento de esta normativa es crucial para los conductores de vehículos particulares matriculados en la ciudad que circulen entre el lunes 8 y el viernes 12 de diciembre. La restricción abarca una amplia franja horaria de 15 horas, operando de manera ininterrumpida desde las 6:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche.
El sistema de Pico y Placa en Ibagué se distingue por su secuencia constante de rotación, la cual se determina por el último dígito de la placa del automotor. Esta regularidad es vital para que los ciudadanos puedan planificar sus desplazamientos.
A pesar de la extensa duración de la prohibición diaria, la administración municipal ha contemplado un mecanismo de alivio denominado 'Hora Valle'. Este sistema de circulación limitada ha sido diseñado estratégicamente para permitir el tránsito de los vehículos restringidos durante dos periodos de menor afluencia, evitando la alta saturación en los momentos pico.
La 'Hora Valle' se habilita en dos ventanas horarias: la primera va de 9:00 a.m. a 11:00 a.m., y la segunda comprende el lapso de 3:00 p.m. a 5:00 p.m.. El objetivo principal de estos periodos es proporcionar a los ciudadanos la oportunidad de cumplir con compromisos considerados esenciales, tales como asistir a citas médicas, llevar a menores a centros educativos o realizar diligencias laborales específicas.
La normativa de movilidad en Ibagué es clara y estricta en lo referente a las excepciones y las sanciones. El Secretario de Movilidad, Ricardo Fabián Rodríguez, ha enfatizado que, fuera de las franjas de la ‘Hora Valle’ y las 15 excepciones específicas contempladas, no se otorga ningún tipo de permiso especial para circular durante los días y horas restringidas.
Entre las categorías de vehículos exentos se encuentran aquellos destinados a la prestación de servicios públicos domiciliarios, los automotores oficiales (incluyendo la Policía y las Fuerzas Militares), los utilizados para el transporte de personas con discapacidad, y los que operan con propulsión eléctrica o híbrida.
La violación de esta medida trae consigo consecuencias directas y severas, según lo tipifica el Código Nacional de Tránsito. Circular en los horarios o zonas prohibidas constituye la infracción C14. La sanción económica por esta falta es una multa que asciende al equivalente de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV). Adicionalmente, la norma estipula la inmovilización inmediata del vehículo por parte de las autoridades de tránsito.
La Alcaldía de Ibagué reitera la necesidad de planificar sus desplazamientos con base en el último dígito de la placa para evitar las severas sanciones impuestas por las autoridades. El objetivo de este esquema es garantizar el ordenamiento del tráfico vehicular de la ciudad hasta que finalice su vigencia proyectada en 2025.
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ANDRÉS FELIPE ADAMES RESTREPO
Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Noticias Caracol.