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Consejo de Estado suspendió provisionalmente decreto del salario mínimo para 2026

El salario mínimo se había fijado en dos millones de pesos. El Consejo de Estado le dio 8 días al Gobierno Nacional para que expida "un decreto transitorio" mientras se toma una decisión de fondo.

Petro fijó el salario mínimo en dos millones de pesos.
Petro fijó el salario mínimo en dos millones de pesos.
Colprensa / Getty Images

El Consejo de Estado suspendió este viernes provisionalmente el decreto del salario mínimo para 2026, el cual se había fijado en dos millones de pesos incluyendo el auxilio de transporte. Este tribunal indicó que dentro de los siguientes 8 días, el Gobierno Nacional deberá expedir "un decreto transitorio que determine el porcentaje de aumento del salario mínimo para 2026 y el valor total correspondiente", mientras se toma una decisión de fondo.

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(Lea también: Benedetti reacciona a suspensión provisional de decreto del salario mínimo 2026: "Decisión política").

En la decisión, el Consejo de Estado indicó que "para la determinación de esa cifra, el Gobierno debe aplicar integralmente los criterios legales y constitucionales vigentes". Entre estos puntos, detalló que se deben tener en cuenta:

  • La meta de inflación fijada por la Junta Directiva del Banco de la República para el año 2026
  • Productividad acordada por el Comité Tripartito de Productividad que Coordina el Ministerio del Trabajo, en este caso, correspondiente a las cifras oficiales certificadas por el DANE
  • Contribución de los salarios al ingreso nacional en la vigencia 2025
  • Incremento del producto interno bruto del año 2025
  • Inflación real del año 2025 según el índice de precios al consumidor, calculada desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2025
  • La especial protección del trabajo; la necesidad de mantener una remuneración mínima, vital y móvil
  • La función social de la empresa.
  • Los objetivos constitucionales de la dirección de la economía a cargo del Estado.

"El nuevo decreto debe contener una fundamentación económica detallada y verificable, explicando el tipo de valoración aplicada a cada criterio, su cuantificación, la ponderación realizada, el razonamiento que conduce a la cifra final y el análisis del contexto económico, todo con respaldo en fuentes y certificaciones oficiales", afirmó el tribunal.

Cabe resaltar que varios ciudadanos y organizaciones como Fenalco habían solicitado medidas cautelares para suspender el decreto del salario mínimo anunciado por el gobierno Petro, argumentando que este "no explica de manera clara, verificable ni articulada, la incidencia concreta de cada uno de ellos— inflación, productividad, contribución de los salarios al ingreso nacional, crecimiento del PIB y meta de inflación— en la determinación del incremento del 23%".

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Por otro lado, los demandados (Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Ministerio del Trabajo y Ministerio de Hacienda y Crédito Público) afirmaron que "cuenta con motivación extensa, técnica y jurídicamente suficiente, apoyada en una memoria justificativa, en la que se enuncian y ponderan los parámetros del artículo 8 de la Ley 278 de 1996, en armonía con criterios constitucionales e internacionales de protección al trabajo y garantía de una remuneración mínima, vital y móvil".

¿Qué pasa con los pagos que se basan en el salario mínimo?

Cabe señalar que los efectos de la suspensión solo se harán efectivos a partir de la publicación del nuevo decreto transitorio. Mientras eso ocurre, continúa rigiendo el valor del salario mínimo fijado en el Decreto 1469 de 2025, así como "las obligaciones y derechos que se calcularon con base" con base en este valor y que fueron "pagadas con anterioridad a la publicación del nuevo acto administrativo". Estas obligaciones incluyen pagos de nómina pública y privada, pensiones, contratos, multas, sanciones, tarifas, cuantías procesales, cuotas alimentarias, entre otras.

"Estas constituyen situaciones jurídicas consolidadas, protegidas por los principios de seguridad jurídica y debido proceso, y no generan obligación de reintegro ni efectos retroactivos. El proceso judicial continuará su trámite hasta que el Consejo de Estado adopte una sentencia definitiva sobre la validez del decreto demandado", añadió la decisión.

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Varios gremios y miembros del Gobierno han reaccionado a la noticia. Por ejemplo, el ministro del Interior, Armando Benedetti, afirmó en X que esta decisión es "política antes que cualquier otra cosa". "Vamos a ver qué va a pasar en las próximas semanas cuando la gente decida quién está a favor de los menos favorecidos y quiénes están del lado de las élites", agregó el ministro.

LAURA VALENTINA MERCADO
NOTICIAS CARACOL DIGITAL

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