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Este domingo 19 de octubre se llevará a cabo la jornada de votaciones para Consejos de Juventud a nivel nacional. En este espacio, se espera que alrededor de 11.702.436 personas acudan a a las urnas para seleccionar a los representantes jóvenes que mediarán y actuarán como puente entre las juventudes y las instituciones del Estado, proponiendo y participando en políticas públicas, haciendo estricta veeduría y también aportando con el respectivo control social sobre la gestión pública.
Para garantizar una óptima jornada electoral, la Registraduría Nacional del Estado Civil, como en cada sufragio, establece quiénes serán los colombianos que deberán contribuir a la democracia siendo jurados de votación. Ante esta selección, y tal como lo establece la normativa, los seleccionados deberán corresponder de forma obligatoria y no hay manera de que puedan retirarse de dicha convocatoria a menos de que cumplan con alguno de los puntos establecidos en el artículo 108 del Código Electoral.
Por lo anterior, las únicas causales que establece la Registraduría para que un jurado de votación no asista a las jornadas electorales para las que fue convocado son la siguientes:
Por lo anterior, aquellas personas que no acudan a la jornada de votación como jurados, pero tampoco cumplan con los argumentos establecidos para justificar sus respectiva exoneración, podrían pagar cuantiosas multas o hasta amonestaciones que afecten sus trabajos. Por otro lado, los menores de edad que tampoco cumplan con sus responsabilidades en estas jornadas para elegir consejeros de juventud, también deberán asumir graves consecuencias.
Así las cosas, aquellas personas mayores de edad que sin justa causa abandonen su cargo como jurados de votación, serán destituidas del cargo que lleven a cabo en caso de que se desempeñen como servidores públicos. Quienes no trabajen con el Estado pero cometan este acto, deberán asumir una cuantiosa multa económica, que puede alcanzar hasta los diez salarios mínimos mensuales legales vigentes.
"El cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación. Los ciudadanos que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado de votación o las abandonen, serán sancionados con la destitución del cargo que desempeñen, si son servidores públicos. Si no lo son, con multa hasta de diez salarios mínimos mensuales legales vigentes", explica la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Por su parte, los menores de edad que no acudan al llamado de ser jurados de votación durante las elecciones a Consejos de Juventud, tendrán la obligación de hacer servicio social adicional que contribuya a la socialización del Estatuto de Ciudadanía Juvenil. "El joven menor de edad que sin justa causa no concurra a desempeñar las funciones como jurado de votación, deberá contribuir a socializar el Estatuto de Ciudadanía Juvenil a la comunidad joven de su territorio durante 40 horas, el rector de la entidad educativa al que pertenece el designado verificará el cumplimiento de esta disposición", dio a conocer la entidad.
Los ciudadanos que presten el servicio como jurados de votación tendrán derecho a un día de tiempo compensatorio. Por otro lado, los jóvenes menores de edad que presten el servicio como jurados de votación tendrán derecho a obtener 20 horas del servicio social estudiantil obligatorio.
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JULIÁN CAMILO SANDOVAL
NOTICIAS CARACOL DIGITAL
JSANDOVAL@CARACOLTV.COM.CO