La orden de arresto domiciliario contra el presidente Iván Duque dada por el Tribunal Superior de Ibagué, por desacatar un fallo de tutela que lo obligaba a tomar medidas para el Parque Natural Nacional Los Nevados, suscitó opiniones encontradas entre juristas consultados por Noticias Caracol.
Algunos, como el exvicefiscal Guillermo Mendoza Diago, no creen “que un funcionario como un magistrado del tribunal o un juez puedan realmente imponer una sanción porque al fin y al cabo la consecuencia del desacato es una verdadera sanción y en ese caso el competente tendría que ser el Congreso de la República a través de la Comisión de Acusación”.
No obstante, para el expresidente de la Corte Suprema de Justicia Jaime Arrubla eso solo opera para investigar delitos.
“No ocurre lo mismo con la tutela porque allí no se consagró un fuero especial para el presidente de la República ni se le pueden aplicar esas normas por analogía, luego tiene que someterse a lo que se someten todos los cristianos”, explicó.
Publicidad
Pero el expresidente de la Corte Suprema Jorge Aníbal Gómez considera que una sanción como la ordenada contra Iván Duque solo la puede aplicar el alto tribunal, “de tal manera que ningún juez o tribunal ordinario es competente para imponer arresto al señor presidente de la República”.
Por su parte, Wilson Ruiz, ministro de Justicia, aseguró que “el gobierno nacional es muy respetuoso de todo lo que es la autonomía judicial de sus jueces y nosotros siempre lo hemos acatado, siempre lo respetamos. En este caso en particular luego no puede decirse que ya está en firme la sanción porque esto va ante la Corte Suprema de Justicia, sala de casación laboral. Aspiramos que ese desacato llegue entre hoy y mañana y que la corte en los próximos días pueda sacar el pronunciamiento”.
Publicidad
No obstante, recordó el fuero constitucional de Iván Duque y “en este caso lo tiene la comisión de acusación de la Cámara de Representantes”.
“Toda la discusión está dada y esperemos qué dice la Corte Suprema de Justicia”, concluyó.