Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Bogotá se prepara para afrontar la última semana laboral de octubre, del 27 al 31, con el mecanismo de pico y placa para vehículos particulares. Esta medida, definida por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM), tiene como objetivo principal asegurar la gestión eficiente del flujo vehicular de la ciudad.
El esquema de circulación se mantiene basado en la alternancia de placas pares e impares, operando de forma ininterrumpida de lunes a viernes, desde las 6:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche.
Para la semana comprendida entre el lunes 27 de octubre y el viernes 31 de octubre de 2025, la rotación aplicará de la siguiente manera, afectando a los ciudadanos que dependen de sus vehículos para sus recorridos diarios:
Es relevante recordar a la ciudadanía que esta medida solo aplica en días hábiles; por lo tanto, durante los fines de semana, como el sábado y el domingo, la restricción vehicular para particulares no está vigente.
El sistema de pico y placa es una herramienta esencial implementada por la SDM para organizar el tránsito en la capital. El mecanismo se rige por una lógica simple: en los días calendario que son impares, se permite el tránsito a las placas que terminan en 1, 2, 3, 4 y 5. Contrariamente, en los días calendario que son pares, pueden circular los vehículos con placas que finalizan en 6, 7, 8, 9 y 0.
Esta planificación resulta fundamental para los conductores, quienes deben organizar sus trayectos diarios considerando la rotación vigente para evitar contratiempos y las sanciones impuestas por las autoridades.
El desacato a la normativa del Pico y Placa no es solo una falta administrativa, sino que se clasifica como una infracción de tránsito, acarreando serias consecuencias económicas para el conductor. Las autoridades de Bogotá han establecido una multa para el año 2025, la cual asciende a $711.750.
Publicidad
Además de la penalidad económica, las implicaciones por violar la regulación se extienden a la inmovilización del vehículo. Esta acción genera costos adicionales significativos que deben ser asumidos por el propietario, cubriendo el servicio de grúa y los gastos derivados de la permanencia del automotor en los patios.
La Secretaría de Movilidad ha dispuesto ciertas categorías de vehículos que pueden solicitar una exención de la medida. No obstante, es indispensable que los propietarios realicen un registro formal y obtengan una autorización previa de la entidad.
Entre las principales excepciones contempladas se incluyen los vehículos que son eléctricos o híbridos. También están exentos aquellos automotores destinados al transporte escolar (con matrícula aprobada), los utilizados para el transporte de personas con discapacidad, los vehículos oficiales o de emergencia, y aquellos dedicados al transporte de insumos o medicamentos médicos.
Para evitar las graves consecuencias económicas asociadas al incumplimiento, se recomienda a los ciudadanos planificar sus desplazamientos con anticipación, basándose en el calendario oficial divulgado por el Distrito. La consulta de la rotación de placas a través de los canales de información de la Secretaría de Movilidad es el método más eficaz para garantizar una circulación conforme a la reglamentación vigente.
Publicidad
ANDRÉS FELIPE ADAMES RESTREPO
NOTICIAS CARACOL