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SIC vuelve a multar a Movistar: $4.679 millones por impedir cambio de operador

Esta no es la primera vez que Movistar recibe una sanción por conductas que afectan los derechos de los consumidores. En julio y octubre de 2025 ya había sido multado. Esto dijo la SIC.

SIC vuelve a multar a Movistar: $4.679 millones por impedir cambio de operador
SIC vuelve a multar a Movistar: $4.679 millones por impedir cambio de operador -
Movistar Colombia/Cottonbro Studio

A través de un comunicado este 30 de abril de 2026, la Superintendencia de Industria y Comercio volvió a sancionar a Movistar "por no garantizar el derecho a cambiar de operador". La SIC le impuso una multa de $4.679 millones de pesos.

SIC impuso millonaria multa a Movistar

"La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad de protección de usuarios de servicios de comunicaciones, mediante la Resolución 26355 del 15 de abril de 2026, impuso una multa de $4.679.844.144 a Colombia Telecomunicaciones S.A. ESP BIC (Movistar), por haber incumplido las obligaciones relacionadas con el proceso de portabilidad numérica, afectando el derecho de los usuarios a elegir y cambiar libremente su operador", comienza diciendo el comunicado.

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Según la Superintendencia de Industria y Comercio, la sanción se impuso "a partir de denuncias presentadas por distintos operadores del sector, en las que se advirtió que el operador investigado actuando en calidad de proveedor donante: (i) no entregó de manera oportuna, o en algunos casos no entregó, los NIP de confirmación a usuarios que habían solicitado cambiar de operador, afectando el desarrollo del proceso de portación; y, (ii) realizó actividades de recuperación durante el proceso de portación, mediante el envío de mensajes con ofertas comerciales incluso antes de remitirles el NIP".

La SIC recordó que el NIP es el "código que da lugar a que el usuario realice la portabilidad de su línea telefónica. Este número actúa como una llave que permite identificar y adelantar todo el trámite entre el operador receptor y el operador donante. Además, este NIP debe ser entregado en unos tiempos específicos para garantizar que el proceso de portabilidad se realice de manera eficaz".

“La no entrega oportuna del NIP y la realización de actividades de recuperación durante el proceso constituyen incumplimientos de las obligaciones regulatorias que garantizan el adecuado funcionamiento de la portabilidad numérica y la libre elección de los usuarios”, indicó la Superintendencia en el comunicado.

La SIC también informó que, al inicio de la actuación administrativa, se impartió una orden administrativa a Movistar para asegurar el cumplimiento de la normativa y evitar la reiteración de estas conductas. Sin embargo, la empresa no presentó soportes que acreditaran el cumplimiento de dicha medida. Contra el acto administrativo sancionatorio proceden los recursos de reposición y de apelación, que podrán interponerse ante las instancias correspondientes dentro de la entidad.

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Finalmente, la Superintendencia reiteró que continuará fortaleciendo la protección de los usuarios del sector de las telecomunicaciones. “La autoridad seguirá velando porque no se cometan abusos contra los consumidores y porque se garantice plenamente su derecho a la portabilidad”, concluyó el comunicado.

No es la primera vez que la SIC multa a Movistar

Esta no es la primera vez que Movistar recibe una sanción de la SIC por conductas que afectan los derechos de los consumidores. En julio de 2025, la empresa ya había sido multada con más de $3.000 millones de pesos por implementar el programa ‘Bono Fidelización Prepago Siempre Conectado’, una estrategia que, según determinó la autoridad, restringía de manera indebida la portabilidad numérica de sus usuarios prepago. En ese caso, la compañía creó una deuda ficticia de $1.500 pesos, utilizada como causal de mora para rechazar solicitudes de cambio de operador, práctica ampliamente documentada por Noticias Caracol.

Adicionalmente, en octubre de 2025, Movistar fue sancionada con $670 millones de pesos por la SIC por realizar llamadas, mensajes de texto y comunicaciones vía WhatsApp con fines comerciales sin la autorización previa y expresa de los usuarios, vulnerando el derecho fundamental al habeas data.

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ÁNGELA URREA PARRA
NOTICIAS CARACOL

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