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Plataforma Meta acata orden de Corte Constitucional por caso de actriz Esperanza Gómez

La compañía anunció la creación de un sitio especial para comunicación de tutelas, apelación de cierre de cuentas y condiciones de uso de sus redes sociales.

Por caso de Esperanza Gómez, plataforma Meta acata orden de Corte Constitucional
Colprensa/AFP

Meta Platforms Inc., quien administra los servicios de Facebook, Instagram y WhatsApp, acató la orden de la Corte Constitucional por el fallo emitido en el caso Esperanza Gómez, actriz de contenido para adultos.

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En una sentencia proferida en septiembre de 2025, el alto tribunal encontró que Meta vulneró los derechos fundamentales de la actriz al eliminar su cuenta de Instagram, que contaba con más de 5 millones de seguidores, sin una justificación transparente y clara "y sin darle un trato equitativo frente a perfiles con publicaciones semejantes".

De acuerdo con Esperanza Gómez, Meta decidió eliminar su cuenta porque, en el pasado, se dedicó a actividades de pornografía. (Lea también: Esperanza Gómez reveló que puede terminar en silla de ruedas por una enfermedad: "Quedo paralizada")

Tras la sentencia, la actriz fue enfática en decir que presentó “muchísimas pruebas de las penalidades y son contundentes, en las cuales (demuestro que) mis contenidos no infringían las normas de Meta porque yo dentro de Instagram jamás he vendido pornografía. Mis publicaciones, la mayoría, eran en ropa interior, donde promociono también mi propia marca de lencería, en las cuales había insinuaciones sugestivas, pero no era pornografía explícita".

También mostró "páginas de otras chicas, de otras modelos, incluso personalidades famosas internacionales a nivel mundial, donde suben contenido desnudo 100% y nunca han sido considerados infracciones para las reglas de Instagram". (Lea también: "En Instagram jamás he vendido pornografía": Esperanza Gómez sobre fallo de la Corte a su favor)

Las medidas que adoptará Meta

La Corte Constitucional advirtió que la compañía no podía cerrar cuentas "sin transparencia ni motivación suficiente de personas que han ejercido actividades de pornografía fuera de la plataforma (actividades offline)".

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Asimismo, indicó que “Meta no aplicó de forma transparente y consistente las normas previstas en sus Condiciones de Uso y Normas Comunitarias a la hora de tomar decisiones de moderación de contenidos en este caso. Por lo tanto, pese a que ya no era posible recuperar la cuenta eliminada por el paso del tiempo, sí encontró que se vulneraron los derechos a la libertad de expresión, debido proceso, igualdad, trabajo y libertad de escoger profesión u oficio de la accionante”.

Por eso, le ordenó a la empresa “crear un canal electrónico visible para notificaciones judiciales en procesos de tutela en Colombia, asegurar que sus políticas estén disponibles en español y en un sitio web unificado, y revisar y ajustar las condiciones de uso y la política de privacidad de Instagram, de modo que los usuarios conozcan con claridad los mecanismos para impugnar decisiones de moderación”.

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También “instó a Meta a definir con mayor precisión sus reglas sobre contenidos sexuales implícitos y pidió a su Consejo Asesor emitir un dictamen consultivo sobre la moderación de contenidos frente a desnudos y actividades sexuales de adultos, especialmente frente al uso de conductas offline como criterio de moderación”.

Tras esto, de acuerdo con lo informado por la Corte Constitucional, la plataforma Meta “estableció un canal de comunicación al que pueden acceder las autoridades judiciales colombianas para notificar acciones de tutela, publicó información dirigida a usuarios ubicados en Colombia sobre cómo se puede apelar el cierre de cuentas de Instagram y unificó las Condiciones de Uso y las Normas Comunitarias en el Centro de Transparencia, incluido en español”.

Dichos sitios web son: https://transparency.meta.com/policies/other-policies/colombian-constitutional-court/ y https://transparency.meta.com/sr/Esperanza-Gomez-CCC-Compliance-Report-Spanish

POR SANDRA SORIANO SORIANO
COORDINADORA DIGITAL NOTICIAS CARACOL
smsorian@caracoltv.com.co

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