Un grave accidente de tránsito ocurrido en la carrera 19 con calle 159, en la localidad de Usaquén, resultó en la muerte de un usuario de patineta eléctrica tras colisionar con un bus del SITP en sentido norte-sur, en la mañana de este lunes 6 de julio. Este lamentable suceso hace recordar la Ley 2486 de 2025, la cual regula la circulación de motocicletas elécticas y patinetas eléctricas.
Tras finalizar un periodo de socialización que inició en julio del año pasado, las autoridades comenzaron a aplicar con rigor las multas para quienes incumplan la normativa. La reglamentación busca organizar el tránsito de estos vehículos que han inundado las calles y ciclorrutas de la capital. Según lo establecido, los menores de 16 años tienen prohibido circular en patinetas o bicicletas eléctricas por las vías principales, limitándose su uso estrictamente a las ciclorrutas para menores entre 12 y 15 años.
En entrevista con Noticias Caracol, Edder Velandia, experto en movilidad de la Universidad de la Salle, analizó los desafíos que plantea esta ley y los riesgos actuales. Velandia advirtió que la rapidez con la que se implementó la norma dejó vacíos en la seguridad vial de los actores más vulnerables.
Al respecto, Velandia señaló: "Desafortunadamente en ese camino que fue muy rápido, que no tuvo suficiente consenso con la academia y con muchos otros sectores, pues realmente sacamos vehículos que pueden en un momento dado colocar en riesgo a peatones y a ciclistas". El experto enfatizó que la falta de conocimiento es uno de los mayores peligros en las vías bogotanas: "Muchos de los ciudadanos que están haciendo uso de estos vehículos a altas velocidades como 40 km/h no conocen las normas".
Límites de velocidad para patinetas eléctricas
La normativa es clara respecto a dónde y a qué velocidad pueden transitar estos vehículos:
- Ciclorrutas: El límite de velocidad es de 25 km/h. Solo pueden transitar por aquí vehículos que no superen los 60 kg de peso.
- Vías urbanas (carriles mixtos): Se permite una velocidad de hasta 40 km/h. Está estrictamente prohibido su uso en carreteras fuera del perímetro urbano.
Velandia también hizo un llamado de atención sobre la comercialización de estos equipos, estimando que para este año 2026 se importarán cerca de 170,000 vehículos eléctricos ligeros. Según el experto, "hay comercializadores importadores que no están entregando suficiente información para que las personas conozcan qué tipo de vehículo realmente están comprando".
Requisitos de seguridad y equipos obligatorios
Para todos los usuarios, el uso de casco es obligatorio en todo momento. Asimismo, el uso de prendas reflectivas es imperativo en horarios nocturnos, específicamente después de las 6 de la tarde.
Es fundamental que los usuarios distingan si su vehículo califica como "eléctrico ligero" o si, por sus características, debe ser tratado como una motocicleta. Aquellos vehículos que superen los 60 kg de peso o que puedan desarrollar velocidades mayores a los 40 kilómetros por hota están obligados a contar con SOAT, licencia de conducción, matrícula y placa. El incumplimiento de estas especificaciones técnicas sin la documentación debida puede llevar a la inmovilización del vehículo.
El fatal accidente de este lunes subraya la urgencia de que los usuarios no solo adquieran estos vehículos por su eficiencia ambiental, sino que asuman el compromiso de ser "conocedores de las normas de tránsito", como insiste Velandia, para evitar que la movilidad sostenible siga cobrando vidas en la ciudad.
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CAMILO ROJAS, PERIODISTA NOTICIAS CARACOL
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