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Cabezote sección BOGOTÁ Noticias Caracol 2025 DK

¿Se prolongará en Bogotá medida sobre motociclistas más allá de Halloween? Habla alcalde Galán

El alcalde Carlos Fernando Galán explicó las razones por las que se tomaron las restricciones para este fin de semana. "Son medidas temporales", manifestó.

Carlos Fernando Galán, alcalde de Bogotá.

La Alcaldía de Bogotá, en lo que señala es un esfuerzo por proteger la vida, garantizar la seguridad vial y preservar el orden público, anunció la implementación de medidas transitorias y preventivas que restringen la circulación de motocicletas durante el puente festivo de Halloween.

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Estas restricciones buscan contrarrestar el incremento histórico de siniestros viales y las alteraciones asociadas a las denominadas “rodadas de Halloween” o “rodadas del terror”. Sin embargo, apenas se conoció la medida, los motociclistas mostraron su descontento y protestaron durante la noche del 29 de octubre.

De hecho, en la mañana del martes la movilidad ha sido caótica debido a los bloqueos y planes tortugas adelantados por los motociclistas. Las vías afectadas son las Américas, la Villavicencio, la Ciudad de Cali y la Carrera Séptima.

¿Cuándo y dónde rigen las restricciones para motociclistas?

Las restricciones parciales de circulación para motocicletas se implementarán del 30 de octubre al 3 de noviembre. Es crucial que los motociclistas tengan en cuenta las dos modalidades de restricción vigentes:

  1. Restricción de circulación con acompañante: esta prohibición aplica para las motocicletas que transiten con pasajero o acompañante en toda la ciudad. Rige desde las 00:00 del jueves 30 de octubre hasta las 11:59 p. m. del lunes 3 de noviembre de 2025.
  2. Restricción nocturna general en corredores viales: se prohíbe la circulación para todas las motocicletas (con o sin acompañante) en 20 corredores que históricamente han presentado altos niveles de siniestros y alteraciones al orden público. Esta restricción aplica entre las 8:00 p. m. y las 5:00 a. m. de cada día del fin de semana (del jueves 30 de octubre al lunes 3 de noviembre).

Entre las vías sujetas a esta prohibición nocturna se encuentran la Autopista Norte, Autopista Sur, NQS, Avenida Boyacá, Avenida Ciudad de Cali, Avenida Primero de Mayo, Avenida Las Américas, Avenida Suba, calle 26 (Avenida El Dorado), calle 80, Carrera Séptima, carrera 68, Avenida Centenario (Calle 13), Avenida Guayacanes, Avenida Esperanza, Avenida Villavicencio, Avenida Circunvalar, calle 53, calle 63 y carrera 60.

¿Qué dijo el alcalde Galán sobre las restricciones a motociclistas?

En entrevista con Noticias Caracol, el alcalde Carlos Fernando Galán explicó que las determinaciones tomadas son para mantener el orden público y la seguridad de Bogotá. “Son temporales, por este fin de semana solamente. Busca garantizar que tengamos orden, que se respeten las normas de tránsito”, indicó.

Según el mandatario local, la decisión se toma luego de las dificultades que se han registrado en celebraciones de Halloween anteriores, donde las rodadas generan desorden, peligro y ruido. Insistió que son medidas temporales.

Sobre las manifestaciones que se han registrado, dijo que hay personas que no quieren que se haga control, que lo rechazan y rechaza la autoridad. “Esas rodadas han terminado en situaciones de riesgos y nos llevan a tomar esa medida excepcional y temporal”, añadió.

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El alcalde señaló que es una medida de choque por el análisis que se ha hecho de lo que ha ocurrido. “Necesitamos ejercer autoridad”, anotó, agregando que hay una cantidad de actores viales que no respetan nada y generan un choque con la ciudadanía permanente.

La multa para los motociclistas que incumplan la norma

La Alcaldía dispuso un amplio despliegue de control, con 2.000 uniformados de la Policía Metropolitana y 15 puestos de control estratégicamente distribuidos, para garantizar el cumplimiento de la medida.

Quienes incumplan cualquiera de las dos restricciones (transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente) incurrirán en la infracción C.14 del Código Nacional de Tránsito. Esta conducta será sancionada con un comparendo por un valor de 604.100 pesos. Adicionalmente, la motocicleta podrá ser inmovilizada.

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Es importante notar que existen excepciones para vehículos de la Fuerza Pública, organismos de emergencia, seguridad privada identificada y, pertinentemente, motocicletas de mensajería y domicilios que estén plenamente identificadas con logos y/o distintivos adheridos al vehículo y la plena identificación del conductor

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