El Gobierno nacional expidió el Decreto 769 del 16 de julio de 2026, una norma que reglamenta la Ley 2489 de 2025 y establece nuevas medidas para la protección de niños, niñas y adolescentes en entornos digitales. La norma crea obligaciones para plataformas digitales, empresas tecnológicas, instituciones educativas, familias y entidades estatales, con el propósito de promover “entornos digitales sanos y seguros para los niños, niñas y adolescentes del país”.
La norma, firmada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y el Ministerio de Educación (MinTIC), incorpora un nuevo título al Decreto 1078 de 2015 y establece que las acciones deberán desarrollarse bajo “la protección integral y el principio de corresponsabilidad entre el Estado, el sector privado, de manera especial los proveedores de servicios digitales y la industria del software, la comunidad educativa y las familias”. Esto significa que la protección de los menores en internet ya no recaerá únicamente sobre las autoridades, sino también sobre empresas, colegios y padres de familia.
Uno de los cambios más relevantes está dirigido a las plataformas digitales y a las compañías que desarrollan aplicaciones, videojuegos, sistemas de inteligencia artificial y otros servicios accesibles para menores de edad. El decreto señala que estos actores deberán incorporar medidas de debida diligencia para “identificar, prevenir y mitigar riesgos que puedan afectar los derechos de niños, niñas y adolescentes en el diseño, operación y prestación de servicios digitales”.
No se podrán recolectar datos biométricos de menores de edad
La norma también introduce reglas relacionadas con la edad de los usuarios. Según el documento, los proveedores de servicios digitales deberán implementar “mecanismos de verificación de edad acordes con el nivel de riesgo”, garantizando al mismo tiempo el respeto por las normas de protección de datos personales y evitando la recopilación excesiva de información de niños y adolescentes.
No obstante, dice que "queda estrictamente prohibida la recolección de datos biométricos, el perfilamiento algorítmico comercial de los niños, niñas y adolescentes, la vigilancia masiva o la interceptación de comunicaciones privadas sin orden de autoridad judicial competente".
En materia de seguridad digital, las empresas tecnológicas deberán contar con herramientas destinadas al acompañamiento familiar. El decreto establece que deberán ofrecer “herramientas de control parental y de mediación tecnológica e informacional” para que padres, madres y cuidadores puedan gestionar el acceso a contenidos y fomentar hábitos seguros en línea. Además, estas soluciones deberán permitir a las familias “adaptar y ajustar los niveles de restricción técnica” de acuerdo con la edad, madurez y evolución de los menores.
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Otro de los puntos incluidos en la reglamentación está relacionado con la atención de denuncias y reportes. Las compañías deberán contar con sistemas de quejas y canales de orientación para usuarios y familias. Cuando se detecten posibles casos de explotación sexual infantil, el decreto mantiene la obligación de reportar inmediatamente estas situaciones ante la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de las normas vigentes sobre protección de menores.
Los colegios también tendrán nuevas responsabilidades. El decreto ordena que las instituciones educativas adopten e incorporen los lineamientos que sean expedidos por el Gobierno mediante la actualización de los “Proyectos Educativos Institucionales (PEI) y los Manuales de Convivencia”. La intención es que la prevención de riesgos digitales y la promoción de hábitos seguros en internet formen parte de la vida escolar y de los procesos de formación de estudiantes.
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Además, la norma exige que los centros educativos incorporen protocolos para responder ante situaciones de violencia digital. El texto establece que los manuales de convivencia deberán incluir “las rutas de manejo y protocolos de atención integral frente al ciberacoso o cyberbullying y demás tipologías de violencia en el entorno digital”. Los Comités Escolares de Convivencia tendrán la función de activar las rutas institucionales cuando se presenten estos casos.
El papel de los padres y cuidadores de los niños en Colombia
La reglamentación también fortalece el papel de los padres y cuidadores. El Gobierno establece que las familias deberán informarse sobre los riesgos asociados al uso de las tecnologías y ejercer una “supervisión activa y mediación tecnológica para prevenir la exposición a riesgos en línea”. Dentro de esos riesgos se incluyen fenómenos como el ciberacoso, la captación de menores, la explotación sexual, la trata de personas y otras prácticas delictivas que pueden desarrollarse a través de internet.
Según el decreto, esta participación de las familias debe contribuir a la construcción de “un entorno digital protector en el ámbito familiar, basado en el acompañamiento, la comunicación y el uso seguro y responsable de las tecnologías de la información y las comunicaciones”. Para apoyar este proceso, el Ministerio TIC y el ICBF desarrollarán programas de orientación y materiales pedagógicos dirigidos a padres y cuidadores.
ÁNGELA URREA PARRA
NOTICIAS CARACOL