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Durante décadas, la visa y el pasaporte han sido los pilares fundamentales para ingresar a Estados Unidos. Estos documentos no solo representan un requisito administrativo, sino también un símbolo de control migratorio y seguridad nacional. Sin embargo, Estados Unidos ha implementado un mecanismo que permite a ciudadanos de ciertos países acceder a su territorio sin necesidad de tramitar una visa tradicional, y en algunos casos, sin presentar un pasaporte físico en el sentido convencional.
Este cambio no implica una apertura indiscriminada de fronteras. Por el contrario, responde a una estrategia cuidadosamente diseñada que combina innovación tecnológica, acuerdos internacionales y estrictos criterios de seguridad. Hasta este punto, hemos hablado de la eliminación de la visa tradicional y la reducción del uso del pasaporte físico. Pero, ¿qué reemplaza estos documentos? La respuesta es el permiso ESTA (Electronic System for Travel Authorization).
El ESTA no es una visa, sino una autorización electrónica que permite viajar a Estados Unidos bajo el Programa de Exención de Visa. Se gestiona completamente en línea y se vincula al pasaporte electrónico del solicitante.
Este privilegio no está disponible para todos. Solo los ciudadanos de países incluidos en el Programa de Exención de Visa (Visa Waiver Program) pueden acceder a Estados Unidos sin una visa tradicional. Actualmente, la lista comprende naciones que han demostrado altos niveles de seguridad documental y cooperación internacional.
Para que un país sea admitido en el programa, debe cumplir con una serie de requisitos específicos. En primer lugar, se exige una baja tasa de rechazo de visas, lo que refleja la confianza en la documentación y en la conducta migratoria de sus ciudadanos. Este indicador es fundamental para garantizar que el flujo de viajeros no represente riesgos para la seguridad nacional.
Otro requisito indispensable es la emisión de pasaportes electrónicos con chip biométrico. Este tipo de documento incorpora tecnología avanzada que permite verificar la identidad del titular de manera segura y eficiente, reduciendo la posibilidad de fraudes o suplantaciones. Asimismo, se requiere una cooperación activa en el intercambio de información sobre seguridad y terrorismo. Los países participantes deben colaborar con Estados Unidos en la detección y prevención de amenazas globales, compartiendo datos relevantes que contribuyan a la protección mutua.
Finalmente, es obligatorio el cumplimiento de normas internacionales de protección de datos. Esto asegura que la información personal de los viajeros se maneje bajo estándares que respeten la privacidad y la integridad de los sistemas. Este proceso de inclusión es dinámico. La lista de países puede ampliarse o reducirse en función de la evolución de las políticas migratorias y la situación global.
El permiso electrónico tiene una vigencia de dos años o hasta que expire el pasaporte del solicitante. Durante este período, permite realizar múltiples entradas a Estados Unidos, siempre que cada estancia no supere los 90 días. Esta autorización es válida únicamente para viajes con fines turísticos, de negocios o de tránsito. Es importante subrayar que no concede el derecho a trabajar ni a estudiar en territorio estadounidense, por lo que cualquier actividad fuera de estos parámetros requiere una visa específica.
No podrán acceder al beneficio los nacionales de países incluidos en el Programa de Exención de Visa (VWP) que hayan viajado o permanecido en la República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte), Irán, Irak, Libia, Somalia, Sudán, Siria o Yemen desde el 1 de marzo de 2011. Se contemplan excepciones limitadas únicamente para desplazamientos con fines diplomáticos o misiones militares en servicio de un país participante del VWP.
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Asimismo, se excluye a los nacionales de países del VWP que hayan viajado o estado presentes en Cuba a partir del 12 de enero de 2021, salvo en casos excepcionales relacionados con actividades diplomáticas o militares al servicio de un país del programa. Además, no son elegibles los ciudadanos del VWP que ostenten doble nacionalidad con Cuba, la República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte), Irán, Irak, Sudán o Siria, independientemente de su historial de viajes.
"Estas personas pueden solicitar visas mediante el proceso de cita previa en una Embajada o Consulado de los Estados Unidos. Las secciones consulares en el extranjero pueden agilizar la fecha de su entrevista si existe una situación urgente e imprevista, como un funeral, una emergencia médica o el inicio del ciclo escolar. Para obtener más información, visite el sitio web de la Sección de Visas de la Embajada o el Consulado donde se realizará su entrevista", informó el Departamento de Estado de los Estados Unidos.
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ÁNGELA URREA PARRA
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